Consta de las actas procesales que el abogado en ejercicio NELSON MANUEL CARRILLO CARRILLO, quien actuó en su condición de Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Colón del Estado Zulia, en el lapso correspondiente, consignó escrito donde no hace oposición al otorgamiento del Título Supletorio en cuestión.- En consecuencia, este Juzgado con la facultad que le confiere el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores diligencias TITULO SUFICIENTE para asegurar los derechos de propiedad que tiene el ciudadano FELIX ALBERTO ZAMBRANO GUILLEN, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 10.240.148 sobre las mejoras edificadas en el terreno antes deslindado, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros .- Devuelvanse estas actuaciones en original, dejándose copia certificada para formar expediente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de.....