En este estado el tribunal deja constancia que otorga un margen de tiempo prudencial de tiempo para que haga acto de presencia el demandado.- En este estado presente la ciudadana NARCY GREGORIA GONZALEZ ROJAS, Venezolana, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero: V.- 9.071.178, quien manifestó ser la progenitora del demandado y a quien el tribunal notifico del objeto de su traslado asistida voluntariamente por la abogada en ejercicio ANGELA MARTINA BUTRON, titular de la cedula de identidad numero: V.- 9.716.529 e inscrita en el inpreabogado bajo el numero 56.800, expuso: me constituyo en fiadora del demandado, ciudadano MIGUEL MELEAN, identificado en el despacho de ejecución, en virtud de la medida de embargo preventivo por la cantidad de sesenta seis mil trescientos uno con 85/100 (Bs. 76.301,85) mas los intereses es decir la cantidad de un mil trescientos treinta y tres con 33/100, (Bs. 1333,33), entregándose en este acto al demandante la cantidad de Diez mil bolívar.....