En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por los ciudadanos LORENZO LUQUEZ PORRAS y ANDRES MANUEL GARCIA ESPEJO en contra de la firma de comercio AGRICOLA TORONDOY, C.A., por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil AGRICOLA TORONDOY, C.A., pagar a los ciudadanos LORENZO LUQUEZ PORRAS y ANDRES MANUEL GARCIA ESPEJO las cantidades detalladas expresamente en la parte motiva de la presente decisión por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal, en los términos expresa.....