Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- INCOMPETENTE para conocer la presente recurso de nulidad propuesto por el abogado MAZEROSKY HALISKI PORTILLO, actuando en nombre y representación de los ciudadanos ARGENIS RAFAEL PALENCIA VALBUENA Y ANA SOFIA GARCIA PEREZ.
2.- No existe condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del fallo.