Por los Fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA solicitada por la Representante del Ministerio Publico y en consecuencia declara extinguida la acción penal, en contra de SOCIEDAD MERCANTIL ELCA C.A., por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, cometido en perjuicio de ROMULO BRICEÑO, cédula de identidad No. 3.279.324. Todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal. Y ASI SE DECIDE.-
Regístrese la presente resolución y notifíquese a las partes CUMPLASE.-
DR. FREDDY HUERTA RODRIGUEZ
JUEZ DECIMO DE CONTROL.