III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, planteada por la ciudadana IRIS PATRICIA TORRES ARRIETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.721.324, domiciliada en el municipio Machiques de Perijá, del estado Zulia, y el ciudadano EGDIOMAR ALBERTO MORALES CHACÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.253.436, domiciliado en la República de Colombia, teléfono de contacto WhatsApp No +573203086484. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha veintiuno (21) de febrero del año dos mil catorce (2014), por ante el Registro Civil del Municipio Machiques de Perijá del .....