Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el Desistimiento de la acción, y quedará como autoridad de cosa juzgada en el juicio de DESALOJO DE VIVIENDA, interpuesta por la ciudadana LILIANA KATIUSKA FERRER DE NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad no. 9.780.096, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana NILSE DEL PILAR MALDONADO VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 14.007.671,domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se homologa el presente acto y se le da el carácter de Cosa Juzgada. Asimismo, se declara terminado el presente juicio y el archivo del expediente.