En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos PEDRO LUIS BENITEZ HENRIQUEZ Y XIOMARA DEL CARMEN REYES, ya identificados, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y la Sentencia vinculante N° 693, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dos (02) de Junio de 2015.-
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo Matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 10 de Diciembre de 2014, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, según consta de Acta N° 247, todo conforme con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil.-