PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuestos por el abogado Gabriel Puche, contra la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, en fecha 18 de diciembre de 2013, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana BERTHA GALLARDO ESPINA, contra el INSTITUTO PARA EL CONTROL Y CONSERVACIÓN DE LA CUENCA DEL LAGO DE MARACAIBO; SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la ciudadana Bertha Gallardo Espina; TERCERO: REVOCA la decisión de fecha 18 de diciembre de 2013; CUARTO: ORDENA que otro Tribunal de igual jerarquía al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, se pronuncie respecto a la admisibilidad de la present.....