IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de NULIDAD ABSOLUTA incoada por el ciudadano MARIO TAPPERI en representación de la sociedad mercantil COMERCIAL GARDEN, C.A, en contra del ciudadano ESTEBAN VELASQUEZ, ya identificados.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil por haber resultado vencido en este asunto.
TERCERO: Se ordena remitir copia certificada de todo el expediente al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Estado Nueva Esparta de conformidad con lo previsto en los artículos 17 y 170 del Código de Procedimiento Civil, con el propósito de que se proceda a la apertura de una averi.....