tomando en consideración la rebaja prevista en el artículo 583 de la Ley que rige ésta materia, siendo éste de un tercio, la sanción que le corresponde al adolescentes es la sanción LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION REGLAS DE CONDUCTA, PARA SER CUMPLIDAS DE MANERA SIMULTANEA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, establecidas en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes