este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA y consumada la Transacción celebrada entre las ciudadanas codemandadas, KARINA JUDITH GARCÍA RODRIGUEZ, y CARMEN BENITA MOLINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.607.591 y 5.814.273, respectivamente, y domiciliadas en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, y el demandante, ciudadano TERESIO DE JESÚS MORA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.1.536.912, y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio que por NULIDAD DE VENTA incoaren el ciudadano TERESIO DE JESÚS MORA MORA, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), y las ciudad.....