Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma, a favor de los penados: JOSE SEGUNDO GUTIERREZ, Venezolano, Indocumentado, buhonero, 36 años, fecha de nacimiento 01-01-73, natural de Cabimas, Estado Zulia, soltero, hijo de Héctor José Medina Aldana y Yolanda Margarita Gutiérrez Rojas, residenciado en Nueva Cabimas, Avenida Principal, Calle 34, Nº 72; frente a Licorería Los cinco Hermanos, Cabimas, Estado Zulia; Y GREGORIO RAMON MORILLO, Venezolano, Cedula de Identidad Nº V-13.418.067, Jardinero, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 16-06-69, natural de Cabimas, Estado Zulia, soltero, hijo de Heli segundo Valbuena y Gregoria Ramona Morillo, residenciado en Santa Rosa de Agua, Av. 6, frente a la Estación de Bomberos Aguas Negras, Maracaibo, Estado Zulia; de confo.....