Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado en ejercicio ALEXIS YANEZ MARTINEZ, actuado como apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO NAVARRO VILLAMIZAR; en contra del ciudadano Juez Suplente Especial LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO, encargado del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Se impone al recusante una multa de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000.oo) que pagará en el término de tres (3) días al Tribunal donde se intentó la RECUSACION, el cual actuará de Agente del Fisco Nacional para su ingreso en la Tesorería Nacional.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese por Secretaría copia certificada de este fallo conforme lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil,.....