En base a lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley DECLARA CUMPLIDA la Pena principal impuesta al ciudadano penado LAURA ROSA GOMEZ, colombiana, natural de Medellín, Colombia, nacida en fecha 24 de enero de 1958, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.964.328, con residencia en la Urb. Doña ELisa, calle Mangle, Municipio García, asi como la pena accesorias, conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia. Notifíquese a las parte del presente auto e impóngase al penado del presente auto. Líbrense los correspondientes oficios.