DISPOSITIVA.
Por todos los señalamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 12, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento en la presente causa, seguida al ciudadano DANNER JESUS VASQUEZ HERRERA, venezolano, no porta cedula de identidad, estado civil soltero, de 31 años de edad, natural de Carora, Estado Lara, residenciado en la calle 19, entre calles San José y El Carmen, casa Nº 12-17, de color blanca con rejas de color negro, a media cuadra del Ciclo Básico Común Carora, Estado Lara; por los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y LESIONES LEVES CALIFICADAS, previstos y sancionados en el artículo 455, ordinal 5º en concordancia con el Articulo 80 y el articulo 418, en relacion con el supuesto contemplado en el articulo 420 todos del Codigo Penal Vigente para el momento de los he.....