Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada ERNEL ANTONIO FRANCO LEON y MAYLU MINEXIS NAVA VIVAS, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 16.631.009 y 17.819.420, números telefónicos +58 412 5450547 y +58 0424 6368521, correos electrónicos ernel21franco@gmail.com y maycriser@gmail.com, todo respectivamente, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio, ciudadano JOSÉ MIGUEL RINCÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los número 309.598, de conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, y el criterio d.....