DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a la penada JENNY RAMIREZ RAMIREZ, titular de la cedula de identidad No 25.323.057, venezolana, mayor de edad, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 09-03-1989, de 20 años de edad, Desempleada, de estado civil Soltera, hija de Orvelindo Díaz y Yaneth Ramírez, residenciada en el Barrio 24 de Julio, calle 170, Avenida 49 No 40-49, a una cuadra de la Agencia de Lotería El Limón, San Francisco, Estado Zulia, quien fue condenada por el Juzgado Duodécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION; por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 en concordancia con el articu.....