declara:
A. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos AURA VIRGINIA SOTO AVILA y OSVALDO EROIN FERNANDEZ BRIÑEZ, ya identificados.
B. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Jefe Civil de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia, el día ocho (08) de Diciembre de 1990, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 342, expedida por la mencionada autoridad.
la patria potestad y la responsabilidad de crianza de las adolescentes ANNY DARIELA y DARIANNY ESTEFANY FERNANDEZ SOTO, procreadas durante el matrimonio, será ejercida conjuntamente por ambos progenitores, la custodia de las adolescentes ANNY DARIELA y DARIANNY ESTEFANY FERNANDEZ SOTO, será ejercida por su madre.
En lo que respecta al Régimen de Convivencia Familiar, el padre podrá visitar a sus hijas en horas hábiles, previo acuerdo con la madre los días y horas que.....