...este Tribunal a los fines de proveer observa: Corre inserto al folio 3 del expediente documento emitido por la directiva de la Comunidad Indígena del caserío Fajardo de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, en fecha 7-11-1.944, mediante la cual autorizan a los ciudadanos ADOLFO SUÁREZ, MARIANA ALFONZO y PETRA ALFONZO, para que fabriquen una vivienda sobre un terreno perteneciente a ésta, el cual posee una superficie de ocho metros (8m) de frente, por treinta y tres metros (33m), de fondo, alinderado de la manera siguiente: Norte: Con calle Real; Sur: Su fondo, con terrenos de la Comunidad Indígena; Este: Con solar de la Comunidad Indígena; y Oeste: Con casa que es o fue del señor Pedro Hernández. Ahora bien, no consta en el expediente documento alguno mediante el cual la referida solicitante, ciudadana PETRA MARCELINA SUAREZ ALFONZO, ya identificada, acredite tener el interés jurídico actual para peticionar el presente título supletorio, en atención con.....