PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por las Profesionales del Derecho MARYELIN LUISANA SANGRONIS GALICIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 184.960, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano SANDY JOSÉ BRACHO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad número V-15.981.044 y JUVELYN DEL VALLE HERNANDEZ VARGAS, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 175.641, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ANGELY MIRIAM TOLOSA MORENO, titular de la cédula de identidad número V-17.982.292.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veinticinco (25) de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), por ante la Registradora Civil de la Parroquia La Dolorita del Municipio Sucre, estado Miranda; inserta bajo el N° 30, Tomo N° 1, Folio 30, Año: 2018.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal.....