Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos los ciudadanos MICHAEL ENMANUEL LÓPEZ MORALES y CARLA PAOLA SÁNCHEZ ROSALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros. 17.683.561 y 18.203.790 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en la jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 17 de diciembre del 2009, por ante la Registradora Civil y Secretario de la Parroquia Luís Hurtado Higuera, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 354.
2) Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos.
3) Se ordena ex.....