este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 27 de septiembre de 2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que siguen los ciudadanos JUAN GOMEZ, JESUS GOMEZ, NELSON GONZALEZ, LUIS GUERRA, JOSE GUTIERREZ, JOSE LONDOÑO, JESUS MEDINA, PEDRO MEDINA, JHONNY MEDREAN, LUIS MEJIAS y CESAR MENDEZ, en contra de la sociedad COOZUGAVOL y de forma solidaria la sociedad mercantil CARBONES DE LA GUAJIRA, S.A.
2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA.
3) NO SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES A LA PARTE APELANTE.