Decisiones del dia 06/12/2012 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-V-2012-000582  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0412012000694  
						  
						  Fecha: 06/12/2012  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Revisado como ha sido el presente asunto REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION y visto el contenido de la diligencia de fecha 07-11-2012 suscrita por el ciudadano JHON EDISON VILLALBA mediante la cual solicita el desistimiento del presente procedimiento. Visto igualmente el contenido de la diligencia de fecha 28-11-2012  mediante la cual se da por notificada la ciudadana demandada y manifiesta su acuerdo.  En tal virtud, esta Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación  Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en uso de las facultades otorgadas por la Ley,  HOMOLOGA el presente desistimiento y ordena el cierre y archivo definitivo del presente asunto de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, tal como lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el expediente a la Oficina de Archivo Judicial Regional, para su cuido y resguardo.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Liz Veronica López Morales 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								07795-10  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/12/2012  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: VII.- Dispositiva.
	Por los anteriores señalamientos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 
Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Teneúd Figuera, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra el auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 17-03-2010.
Segundo: Se confirma el auto apelado dictado en fecha 17-03-2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta 
Tercero: Se condena en costas del recurso al apelante por mandato expreso del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. 
Cuarto: Notifíquese a la parte apelante la presente decisión por haberse emitid.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Juan Alberto González Morón 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP01-P-2010-002243  
						  
						  N° Sentencia :
							
								OP01-P-2010-002243  
						  
						  Fecha: 06/12/2012  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En el presente caso, vista la solicitud de la defensa, así como lo manifestado por el Ciudadano 	 relativo a acogerse al beneficio de la Suspensión Condicional del Proceso y la no objeción del Ministerio Público, este Tribunal observa que de conformidad con el artículo 313 ordinal 8° se encuentran llenos los extremos contenidos en el artículo 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que para acordar la suspensión condicional del proceso, que el imputado admita los hechos aceptando su responsabilidad, hechos que no se han desvirtuado por parte de la Fiscalía en esta Audiencia. Por considerar que se encuentran debidamente satisfechos los supuestos consagrados en la norma antes indicada se acuerda la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO tomando en consideración la pena a imponer, así como lo establecido en el artículo 43 de la Norma Adjetiva Penal, se acuerda dicho Beneficio por el lapso de Un (01) Año, lapso durante el cual el mismo, deberá cumplir las siguientes condi.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Thais Aguilera 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Segundo de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer