este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en Sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO solicitada por los ciudadanos HECTOR GIL, JESUS RODRIGUEZ, JEFERSSON LUNAR Y WIL VIZCAINO en su condición de Secretario General, Secretario de Condiciones de Trabajo, Secretario de Finanzas y Delegado de Centros del Sindicato Bolivariano estadal de Trabajadores y Trabajadoras del comercio, conexos y sus Similares del Puerto Libre del estado Nueva Esparta contra la Sociedad Mercantil J.S. DONS REGALON, DINOSAURIO C.A. ambas partes identificada en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.-