PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano DOUGLAS RAMÓN IRIARTE ÁVILA en contra de la REPRESENTACIONES NUÑEZ Y GARCIA C.A. (NUGARCA.) por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada pagar al ciudadano DOUGLAS RAMÓN IRIARTE ÁVILA, la cantidad de de UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS ( Bs. 1.475.208,20),por concepto de cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales, en base a los conceptos discriminados en la motiva de la presente sentencia y que se dan aquí por reproducidos.
TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantid.....