, este Tribunal Décimo Primero de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.REGISTRESE Y PÚBLIQUESE LA PRESENTE DECISIÓN . AÑOS 208° y 159°
El juez.
Abg. Federico Rodríguez Petit.
La parte demandada. La Secretaria.