DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) INCOMPETENTE POR LA MATERIA: Sobre la acción incoada por los ciudadanos MARBELIS COROMOTO OCHOA MORILLO Y NIXIO NILO BARBOZA VEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.750.627 y V-9.726.757 respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio CLAUDIO BARBOZA SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.351, de este domicilio, por DIVORCIO 185-A.
2) Se declina la competencia a cualquiera de los JUZGADOS DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y se ordena remitir al CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUN.....