En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el abogado en ejercicio LUIS PERFECTO, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 22.501, en su condición de apoderado judicial del ciudadano CARLOS FERNANDO ORTIZ RIVERO, Parte Demandante y el abogado en ejercicio DANIEL BRUNO SOÑORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.445, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana OLGA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.108.009, parte demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO. Se deja la causa abierta hasta tanto la parte demandada cumpla con el presente Convenimiento suscrito en fecha 03 de Noviembre de 2009.-