Por fundamentos de hecho y de derecho expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, a favor de los ciudadanos YERRY MAURICIO CHACIN MORALES y REINALDO JOSÉ MORALES GONZÁLEZ, en contra de quienes el Ministerio Público aperturó investigación por la presunta comisión del delito de COMERCIALIZACION DE ESPECIES DE LA FAUNA SILVESTRE, cometido en perjuicio de la COLECTIVIDAD, según lo dispuesto en el numeral 7º del Artículo 48º del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del Artículo 318 Ejusdem, en concordancia con el articulo 42 Ejusdem. Se deja constancia que la presente decisión se encuentra signada bajo el N° 2428-08. ASÍ SE DECIDE.-
Remítase en su debida oportunidad al Departame.....