este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, conforme al Articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, disposición aplicable del articulo 537 de la Ley orgánica para la protección de los Niños, Niñas y Adolescentes y garantista del debido proceso, Resuelve: PRIMERO: FIJARLE AL MINISTERIO PUBLICO EL PLAZO PRUDENCIAL DE SESENTA (60) DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, para que concluya su investigación, en la causa seguida al Joven Adulto Imputado (NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDA EN EL ART. 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y PORTE ILÍCITO DE ARMA, todo con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por remis.....