Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, el tribunal procede a tocar en tres oportunidades la puerta principal de dicha residencia, a cuyo llamado nadie atendió, por lo que la parte actora, Doctor Gabriel Alarcón procede a comunicarse vía telefónica con el demandado, ciudadano Pedro Jesús Aguilera, titular de la cédula de identidad número 2.826233, quien se hizo presente en el acto siendo la diez y cincuenta minutos antes meridiem, procediendo este Tribunal a notificarlo de su misión, previa lectura y explicación del despacho que encabeza estas actuaciones. Acto seguido el Tribunal interrogó al referido ciudadano en relación a su lugar de residencia, quien manifestó que efectivamente estábamos en su casa, pero que por problemas familiares que confrontó, desde hace algún tiempo ya no habita en dicha residencia, procediendo a tratar de abrir la puerta de dicha residencia, pero