DECLARA suficientes los Derechos que tienen los ciudadanos: LERIDA NEGDA ORTIZ DE VILLALOBOS, YUBRINA ZULAY VILLALOBOS ORTIZ, YUNEIDA BEATRIZ VILLALOBOS ORTIZ, RAMON GUILLERMO VILLALOBOS ORTIZ y YURANI NAIDY VILLALOBOS ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de Identidad Nros 3.512.794, 7.612.253, 5.164.453, 7.802.410 y 9.799.638, domiciliados en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: RUBEN GUILLERMO VILLALOBOS. ASI SE DECIDE. Devuélvanse estas actuaciones en original a la solicitante, así mismo se ordena expedir tres (03) juegos de copias certificadas de toda la solicitud, a fin de entregar dos (02) a la solicitante y la otra guardarla en el Tribunal a los fines de que reposen en el archivo del mismo.-
La Juez Suplente.-
Magsc ABOG: NORIBETH H. SILVA P.-
La Secretaria Suplente-
ABOG: YANELIS .....