En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones titulo Suficiente para asegurar su condición como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus JESUS SALVADOR CARDONA ORDAZ a la ciudadana BERMIDES DRUSILA ORDAZ viuda de CARDONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.832.771, domiciliada en la Urbanización Villa Rosa, Vereda 16, Casa N° 23-46, Sector A, Parroquia Francisco Fajardo, Municipio García del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en su condición de madre del finado.-