DECISIÓN
Este Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada correspondiente a la parte demandante Sociedad Mercantil PAPELERÍA ESTEVA PLAZA BARALT, C.A., representada por su Vicepresidente, la ciudadana CAROLINA ESTEVA MAZZEI, antes identificados, hasta cubrir la cantidad de VEINTICUATRO MIL VEINTITRÉS BOLÍVARES CON CATORCE CÉNTIMOS (Bs.24.023,14) y en caso de que la ejecución recaiga sobre cantidades líquidas de dinero el monto de la medida se reducirá a la cantidad de DIECIOCHO MIL DIECISIETE BOLÍVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.18.017, 35), que comprende el monto del decreto intimatorio más el cincuenta por ciento (50%) de dicho monto.-
Quedan a salvo los derechos de terceros sobre los bienes obj.....