Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA POR PENA CUMPLIDA, a favor del penado MARCO TULIO LEON PALENCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de cedula de identidad N°. 16.213.464, hijo de Luis Enrique Leon y Tibisay Palencia, residenciado en el Barrio el Progreso, haticos por arriba, cerca de la agenda de loteria Jacqueline Progreso,, de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Codigo Penal, en concordancia con el ordinal 1° del articulo 479 del Codigo Organico Procesal Penal. Registrese la presente decision, oficiese a la Delegado de prueba Abog. Deicy Moreno, participándoles sobre esta decision. Notifiquese.-