DECLARA:
A) LA PERENCION DE INSTANCIA en el presente juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos BEDUVIN VEGA RODRÍGUEZ y NORA JOSEFINA QUIJADA TORRES; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 9.756.765 y V.- 12.390.272, respectivamente; en relación con los niños (SE OMITEN LOS NOMBRES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD).
B) TERMINADA la presente causa. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente.-
No hay condenatoria de constas debido a la naturaleza del proceso.-
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.