En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:----------------------------------------------------------------
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio sustentada en el artículo 185, del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos ANDREA IPPOLITO, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E- 84.503.016 y LUZ ÁNGELA ECHEVERRY TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.552.233, respectivamente.-----------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron en fecha 07-02-1995, por ante la Jefatura Civil del Municipio Foráneo El Cafetal, del estado Miranda, según acta de matrimonio inserta bajo el.....