Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos los ciudadanos GISSEL ANDREA ANSELMI CASTELLANO y JORGE GUILLERMO LIRA BENITEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros. 19.213.873 y 19.179.872 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en la jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 20 de agosto del 2010, por ante el Registrador Civil y la Secretaria de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con el acta Nº 145, año 2010.
2) Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrea.....