Ahora bien, analizando los documentos acompañados se evidencia la filiación existente entre los solicitantes y el causante, por lo que al estar llenos los extremos establecidos en la Ley, ésta Sentenciadora, de conformidad con los basamentos legales transcritos, encuentra procedente en derecho la solicitud de declaración de herederos. ASÍ SE DECIDE.-
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ISMAEL JIMENEZ, ya identificado, a los ciudadanos ISMAEL SEGUNDO JIMENEZ GUTIERREZ, MOISES JESUS JIMENEZ MUNELO, DAVID ANTONIO JIMENEZ MUNELO, MARIELA ROSA JIMENEZ DE TUDARES, MARIBEL DEL CARMEN JIMENEZ MUNELO, JUDYS MARGARITA JIMENEZ MUNELO, JOSE LUIS JIMENEZ MUNELO, CARMEN TERESA JIMENEZ DE ROJAS y .....