Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus FRANCISCO LUCKERT LEON, a la ciudadana MARIA CHIQUINQUIRA BELLIO DE LUCKERT, conjuntamente con la ciudadana ANGELICA MARIA LUCKERT BELLIO, en su condición de cónyuge la primera, e hija la segunda del referido causante. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente. Asimismo se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, autorizando para su elaboración al ciudadano Yondry López, titular de la cedula de identidad N° V-16.633.788, en su condición de asistente de este Tribunal.
TERCERO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expedien.....