Este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 396 y 397 del Código Civil, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana ROSA CAROLINA SIGALA VENEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.260.702 y de este domicilio. En consecuencia se designa: 1.- TUTORA INTERINA a la ciudadana GUIOMAR SIGALA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 2.916.611, de este domicilio; 2.-PROTUTOR INTERINO al ciudadano LUIS HONORIO SIGALA VENEGAS; 3.- CONSEJO DE TUTELA a los ciudadanos ELIO VALERO, LUCIA JOSEFINA SIGALA DE RIERA, ALFREDO JOSE AREVALO SIGALA, Y GLADYS SOFIA DEL SOCORRO. Prosígase formalmente al proceso de los trámites del juicio ordinario. Expídase por Secretaría copia certificada del decreto a los fines del artículo 414 del Código Civil.
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