este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho ENEIDA MORILLO DÍAZ, abogada en ejercicio, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha catorce (14) de Julio de 2009, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE ORDENA al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMITIR LA PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIAL PROMOVIDA POR LA PARTE DEMANDADA EN SU ESCRITO DE PROMOCIÓN DE PRUEBA, ESPECÍFICAMENTE EN EL CAPÍTULO SEGUNDO.-