En tal virtud, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la solicitud incoada por la Fiscal VI del Ministerio Público, especializada en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Doctora Dalia Carrillo Prato, actuando a requerimiento de la ciudadana MARIA DEL VALLE RIVERA QUIJADA, en beneficio de "... Identidad omitida conforme al Articulo 65 de la LOPNNA...", respecto de la apertura del correspondiente Procedimiento de Tutela; SEGUNDO: Se nombra TUTORA de "... Identidad omitida conforme al Articulo 65 de la LOPNNA...", a la ciudadana MARIA DEL VALLE RIVERA QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.386.968, quien es su abuela materna, en razón de lo cual tiene la referida ciudadana las facultades contempladas en los artículos 358, 359, 391, 392 de la Ley Orgáni.....