Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA a favor del penado RAFAEL GUILLERMO SILVA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº 12.406.034, de profesión u oficio taxista, residenciado en: Avenida 17 Haticos por Abajo calle 120, casa Nº 16-188 Maracaibo Estado Zulia; y la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a su favor, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,
DRA. JUDITH ROJAS
LA SECRETARIA,
ABG. MARIBEL MORAN
En la misma fecha la presente decisión quedó registrada b.....