En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición de la Juez Segundo Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, abogada ROSARIO ALFONZO GONZALEZ. En consecuencia, la comisión librada por este Juzgado en fecha 29-06-07, deberá ser ejecutada por la Juez Primero Ejecutor de Medidas de esta misma Circunscripción Judicial, a cuyo Despacho fueron ya remitidas las actuaciones en fecha 20-07-2007, según consta del oficio 233-07 librado por la Juez inhibida. Cúmplase.