El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano EMILIO RODRÍGUEZ MILLÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.048.045, sobre un vehículo marca: CHEVROLET, placas: 298NAE, tipo: ESTACA, modelo: 31003, clase: CAMIÓN, año: 1985, color: BLANCO SÓLIDO, serial de carrocería: CC33TFV-217123, serial de motor: TFV217123. Dicho vehículo le pertenece al solicitante según documento autenticado por ante la Notaria Pública de Porlamar del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 11-02-1994, bajo el N° 36, Tomo 16 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria.