Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
1.- EL ABANDONO DE TRÁMITE de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados en ejercicio DARÍO ROMERO y ANTONIO URDANETA GUTIÉRREZ, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y SERVICIOS, C.A., todos plenamente identificados en actas, y en consecuencia se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO;
2.- NO HAY CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente decisión
Publíquese y regístrese.- Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo.
Dada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del E.....