Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN alegada por la demandada.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano RAMON ANTOLINEZ en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A.
3.- Se ordena a la demandada PDVSA PETRÓLEO, S.A., a cancelar al actor los conceptos y cantidades que se especifican en la parte motiva del fallo más lo que resulte de lo arrojado por la experticia ordenada.
4.- No hay condenatoria en costas, en virtud del carácter parcial de la condena.