En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las cantidades de dinero por los siguientes conceptos: PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), del SUELDO O SALARIO GLOBAL devengado mensualmente por el ciudadano ALBERTO ENRIQUE PEREZ REVEROL, titular de la cédula de identidad N° V-13.023.900 como trabajador al servicio de la empresa MAERSK DRILLING VENEZUELA S.A. SEGUNDO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las UTILIDADES, VACACIONES, BONO VACACIONAL, LIQUIDAS, que en presente año económico y en todos los demás años siguientes le puedan corresponder al referido ciudadano como trabajador al servicio de la empresa mencionada. TERCERO. UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES , CAJA DE AHORROS, RETROACTIVO, FIDEICOMISO E INTERESES, en caso de despido retiro voluntario, jubilación o muerte, le pueda corresponder al ciudadano ALBERTO E.....